Requisitos VPPL
Según Decreto 74/2009, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la CAM (BOCM num. 188, de 10-08-2009), los requisitos de acceso a la vivienda habrán de cumplirse a la fecha de suscripción del correspondiente contrato privado o título de adjudicación.
- Requisitos económicos: Ingresos familiares que no excedan en número de veces el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), cuyo cómputo anual, incluyendo dos pagas extras, es para 2023 de 8.400,00 €. La cuantía límite resultante se ponderará aplicando el factor o coeficiente corrector en función del número de miembros de la unidad familiar.
Cálculo de los ingresos familiares: La cuantía de la base imponible general y del ahorro en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (casillas 435 y 460) de los miembros de la unidad familiar, relativa al último periodo impositivo con plazo de presentación vencido, no deberá superar:
Viviendas de precio limitado (VPPL): 7,5 veces el IPREM = 63.000,00 €
Y estas cuantías límite se dividen por el coeficiente corrector correspondiente para obtener los Ingresos Familiares Máximos:
N. de miembros unidad familiar |
Coeficiente corrector |
VPPL Ingresos Familiares Máx. € (7,5 veces IPREM) |
1 ó 2 |
0,800 |
78.750,00 € |
3 |
0,776 |
81.185,56 € |
4 |
0,744 |
84.677,41 € |
5 |
0,704 |
89.488,63 € |
6 ó más |
0,700 |
90.000,00 € |
- Ser mayor de edad o menor emancipado y no encontrarse incapacitado para obligarse contractualmente.
- Ningún miembro de la unidad familiar podrá ser titular "del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en todo el territorio nacional", excepto si la vivienda se ha adquirido por título de herencia y el derecho recae sobre una parte alícuota no superior al 50%, y en los casos de sentencia judicial de separación o divorcio en los que no se le haya adjudicado la vivienda que constituía la residencia familiar.